"Año 2015, 40 Aniversario de la Promulgación de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo."
Pase de lista de asistencia.
Instalación de la sesión.
Lectura del acta de la sesión anterior; para su aprobación, en su caso.
Lectura de la correspondencia recibida.
Lectura de la Iniciativa de Decreto por el cual se desincorpora del régimen de dominio público, para quedar comprendido dentro del régimen de dominio privado, el inmueble ubicado en la Avenida Othón P. Blanco sin número, identificado como manzana 01, lote 406, de la Ciudad de Chetumal, Quintana Roo, con superficie de 1,018.25 metros cuadrados; presentada por el Licenciado Roberto Borge Angulo, Gobernador Constitucional del Estado de Quintana Roo.
Ver IniciativaLectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se reforman y adicionan diversos Artículos de la Ley de Acción de Cambio Climático del Estado de Quintana Roo; para su aprobación, en su caso.
Ver DictamenLectura del Dictamen con Minuta de Decreto por el que se reforman la fracción XVIII del Artículo 8°; la fracción VI del inciso a) del Artículo 13; la fracción III del Artículo 96; la denominación del Título Décimo Primero bis, para quedar como Título Décimo Bis, denominado “De la Disposición de Sangre, Componentes Sanguíneos, Hemoderivados, Órganos, Tejidos y Células Troncales en el Estado”; las fracciones I y II del Artículo 157-A Quáter; la fracción III del Artículo 157-D; y se adicionan la fracción XIX al Artículo 8°; la fracción V del inciso A) al Artículo 13 y un párrafo segundo al Artículo 157-A Ter, todas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Quintana Roo, en materia de seguridad sanguínea; y por el que se reforman el Artículo 1; el primer párrafo del Artículo 2; el Artículo 3; el primer párrafo del Artículo 4; el Artículo 6; el Artículo 7; el primer párrafo del Artículo 8 y la fracción I; el Artículo 9; el primer párrafo del Artículo 10 y las fracciones IV, V, VII, VIII, IX; el primer párrafo del Artículo 11 y las fracciones III, V y VI; el Artículo 14; el Artículo 15; la denominación del capítulo VI denominado “De la Donación Voluntaria de Sangre” para quedar como capítulo VI denominado “De la Donación Voluntaria de Sangre Componentes Sanguíneos, Hemoderivados, Tejidos y Células Troncales”, el Artículo 18 y el Artículo 20, todas disposiciones de la Ley para el Fomento de la Cultura de Donación Voluntaria de Sangre del Estado de Quintana Roo; para su aprobación, en su caso.
Ver DictamenIntervención del Diputado Hernán Villatoro Barrios, Presidente de la Comisión de Desarrollo Humano y Poblacional, con el tema “Derechos Humanos y el Estado”.
Clausura de la sesión.